Reclamación de indemnización por un Ayuntamiento a la Empresa Municipal de Aguas como consecuencia de los daños ocasionados por la rotura de una tubería de agua, tras haberse desestimado la reclamación por responsabilidad patrimonial dirigida inicialmente frente a la Confederación Hidrográfica del Ebro. Se desestima el recurso al entender prescrita la acción frente a la Empresa Municipal -sociedad mercantil local de capital público, y que se rige por el ordenamiento jurídico privado, esto es, por el artículo 1.902 del CC-, al no resultar de aplicación al caso, la previsión de responsabilidad solidaria entre las Administraciones Públicas del art. 140 de la Ley 30/1992.