Sentencia del Tribunal Supremo de 16 de marzo de 2021.

 Adjunto

La Sala Primera del Tribunal Supremo, declara que la aseguradora que hubiera abonado los daños del vehículo asegurado en virtud de la póliza suscrita, podrá ejercitar el derecho de subrogación del artículo 43 de la LCS frente al CCS, -al existir controversia sobre la existencia de seguro del vehículo responsable-, pues aquella ostenta en estos supuestos la condición de perjudicada a la que se refiere el  artícuo 11.1d) del TRLRCSCVM.